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Ingresos y derivaciones

Orden de ingreso hospitalario

Como médicos en consulta, estamos obligados a agotar todas las opciones ambulatorias antes de emitir una orden de ingreso hospitalario.

Asimismo, las órdenes de ingreso hospitalario son emitidas por el médico tratante. Si, por ejemplo, el ortopedista ha recomendado una intervención quirúrgica, también debe ser él quien emita la orden de ingreso. Si, por el contrario, la indicación de tratamiento hospitalario se establece en nuestra consulta, le entregaremos nosotros la orden.

Examen preoperatorio antes del ingreso hospitalario

Muchos hospitales realizan ellos mismos sus exámenes preoperatorios. A veces, sin embargo, la clínica solicita que el examen preoperatorio (habitualmente analítica y ECG) se realice en nuestra consulta. Esto solo es posible si la intervención propiamente dicha se realiza de forma ambulatoria. En ese caso, le rogamos traer el escrito de la clínica indicando qué exámenes se solicitan. Sin esta documentación no podemos lamentablemente realizar el examen preoperatorio. Para esta preparación es además imprescindible una consulta médica — le pedimos concertar una cita. Todos los demás exámenes deben ser realizados por la clínica en el marco de la llamada estancia preadmisión.

Seguimiento tras la intervención

En principio, todos los cirujanos están obligados a realizar ellos mismos el seguimiento postoperatorio (cambios de apósito, retirada de puntos, etc.). Si el cirujano desea delegar estas tareas en nosotros (también aquí únicamente para intervenciones ambulatorias; en caso contrario, la clínica debería concertar con usted una cita post-hospitalaria), debe emitir un volante con la fecha de la intervención y el código quirúrgico. Sin este volante, los seguros médicos no nos reembolsan el seguimiento y tendremos que remitirle de nuevo a la clínica.

En las intervenciones hospitalarias, el centro está obligado a asumir el seguimiento (incluida la retirada de puntos y grapas) hasta tres semanas después del alta.

Derivación a otros especialistas

Como médicos en consulta, debemos comprobar con detenimiento la indicación para una derivación a otra especialidad. Si padece una enfermedad crónica que requiere exámenes regulares por un especialista, la derivación puede solicitarse con antelación indicando el diagnóstico (p. ej. diabetes mellitus, insuficiencia renal con tratamiento de diálisis, …). En todos los demás casos, es necesario un contacto previo con un médico en nuestra consulta.

Para los exámenes preventivos (ginecólogo, colonoscopia, etc.) puede acudir directamente al especialista sin derivación. Para los médicos que no realizan exámenes preventivos legales, debe existir un diagnóstico que requiera aclaración antes de poder emitir una derivación.

No emitimos derivaciones a anestesistas, ya que esto debe ser realizado por el médico que solicita al anestesista.

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